Nota AGDSP apoyo movilizaciones enfermeras Galicia
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Desde la Asociación Galega para a Defensa da Sanidade Pública queremos mostrar nuestro apoyo a las movilizaciones del colectivo de enfermeras en lucha dado que:
1.- Sobre la enfermería recae buena parte de la asistencia hospitalaria (cuidados y atención de los pacientes hospitalizados) y de la atención primaria que debería prestar los cuidados a domicilio de pacientes con enfermedades crónicas y discapacidades.
2.- Pese a ello la tasa de personal de enfermería en Galicia esta muy por debajo de la media de los países europeos: la ratio de enfermeras por cada 1.000 habitantes en la Unión Europea (UE) se sitúa en 8,8 mientras que en Galicia es de 5,2 (40% inferior).
3.-Existe evidencia internacional (The Lancet y The Journal of the American Medical Association, de los efectos perjudiciales de la sobrecarga de trabajo sobre los pacientes quirúrgicos que repercute sobre la mortalidad: Por cada por cada nuevo paciente atendido por el personal de enfermería aumenta el riesgo de mortalidad hasta en un 7% en el primer mes, mientras que las diferencias en mortalidad hospitalaria está relacionado con la ratio de enfermeras por camas ).
4.- A esto habría que añadir las condiciones laborales son de gran precariedad con contratos por días o incluso horas, lo que repercute sobre la calidad de la atención que prestan estos/as profesionales
Desde nuestra Asociación exigimos un cambio de la política de bajos recursos, de precariedad laboral de la enfermería, y denunciamos la situación de marginación de la enfermería en Galicia esta repercutiendo de manera importante sobre la atención de salud de la población.
Asociacion Galega para a Defensa da Sanidade Pública
13/8/1919
Nota AGDSP: Sanción a Concesionaria Hospital de Vigo
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Ante la noticia de la imposición de la mayor sanción a la concesionaria privada que gestiona el hospital Álvaro Cunqueiro de Vigo, desde la Asociación Galega para a Defensa da Sanidade Pública queremos comunicar:
1.- Que estas sanciones, contempladas en los contratos para garantizar el cumplimiento de los mismos, no suponen ninguna merma real en el negocio de las Concesionarias, que prefieren pagar pequeñas sanciones por incumplimientos que les reportan grandes beneficios. En el caso de Vigo la penalización fue de 700.000 euros mientras la concesionaria declaró ganancias por 3,7 millones en el mismo período.
2.- Esta práctica de las empresas en los contratos de colaboración público privada fue advertida por nuestra asociación antes de la concesión en base a información que disponíamos de los contratos de gestión público privada en hospitales del Reino Unido, Madrid o Valencia. Como siempre la respuesta del SERGAS fue negar la evidencia, siguiendo con su estrategia de engaños reiterados,
3.- La sanción penaliza a servicios de gran trascendencia para la atención de los enfermos como la lavandería (sábanas, toallas, ropa del personal), limpieza del centro y alimentación de los enfermos que ponen en riesgo la salud de las personas atendidas.
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La FADSP recurre ante el Tribunal Supremo Sentencia del TSXG
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La FADSP recurre ante el Tribunal Supremo Sentencia del TSXG que autoriza a compatibilizar servicios médicos en la pública y en la concertada, y denuncia a la Xunta por dejadez de funciones.
La Federación de Asociaciones en Defensa de la Sanidad Pública compareció ante el Tribunal Supremo para solicitar que se confirme la doctrina sobre incompatibilidades que impide la prestación de servicios médicos en la sanidad pública y en la concertada, con el objeto de evitar la merma del servicio sanitario público.
La incompatibilidad para prestar de servicios en el sector público y en la sanidad concertada, viene sancionada por la Ley 53/1984, de Incompatibilidades del Personal al Servicio de las Administraciones Públicas. A pesar de esto el 20% del personal médico de atención especializada está compatibilizando sus servicios en la pública y en la concertada, lo que afecta alrededor de 700 profesionales. La Xunta de Galicia mantiene una posición de absoluta pasividad, haciendo la vista gorda, con solo una docena de expedientes incoados.
Una reciente sentencia del Tribunal Superior de Xustiza de Galicia vino a poner en jaque este sistema de incompatibilidades, al autorizar a una ginecóloga de A Coruña a compaginar sus servicios en el SERGAS y en un centro concertado, imitándola a las actividades que no sean objeto del concierto. Este pronunciamiento se enfrenta radicalmente a la doctrina del Tribunal Supremo sobre la prestación en dos centros que participen del sistema público de salud.
Resulta significativo que a pesar de la relevancia de este pronunciamiento, que cambia el criterio utilizado por la administración para denegar las autorizaciones, la Xunta de Galicia, que es parte en ese pleito, no haya presentado recurso de casación frente al Tribunal Supremo cuando es clara la jurisprudencia del mismo en este tema, lo que los obligó a intervenir.
La letrada de la Federación, Julia Álvarez, afirma que:
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