FADSP Federacion de Asociaciones en defensa Sanidad Publica. Sanidad Publica Coronavirus Asociaciones en defensa de la sanidad publica. Hospital. Salud. Sanidad. Madrid. España. Federacion" />

FADSP Federacion de Asociaciones en defensa Sanidad Publica

Sanidad Hospital Publica Enfermera Medico Doctor Gestion privada operaciones sanitario paciente

Kratom.org

Así como medicamentos asequibles y baratos que se pueden comprar en línea.

Donaciones
Audio Entrevisas
Articulos Publicdos
Enlazanos
Telegram
Jornadas Valladolid
Manifiesto Defensa Sanidad Publica
Enlazanos

Estadisticas

Visitas
11023695
Programa y Estatutos
Enlazanos
Enlazanos

Una ley que favorece poco la participación Social y Profesional

Fecha de Publicacion : 15/01//2017
Fuente : http://www.actasanitaria.com/una-ley-que-favorece-poco-la-participacion-social-y-profesional/
Autor:  Marciano Sánchez Bayle
 

Desde la Asociación para la Defensa de la Sanidad Pública de Madrid (ADSPM), la ley que busca la profesionalización de la gestión de los centros asistenciales del Servicio Madrileño de Salud (SERMAS) adolece de algunos defectos, como el de la participación, al tiempo que su contenido no se ha respetado el mismo día de su entrada en vigor.

Recientemente (3/1/2018) el BOCM ha publicado la LEY 11/2017, de 22 de diciembre, de Buen Gobierno y Profesionalización de la Gestión de los Centros y Organizaciones Sanitarias del Servicio Madrileño de Salud, que viene a establecer los mecanismos de funcionamiento de los organismos de control y participación de los centros sanitarios y que ha sido vendida por la presidenta madrileña, Sra Cifuentes, como un ejemplo de democratización, transparencia y despolitización de la gestión de la Sanidad Pública de Madrid.

La representación social y profesional se encuentra siempre en minoría pese a que las competencias de los organismos de participación son limitadas y sin carácter ejecutivo

No obstante, de la lectura de la Ley se desprenden una serie de consideraciones que merece la pena destacar:

   1. La necesidad de establecer sistemas de participación y control de la gestión de los centros sanitarios públicos era patente y así se aprobó en octubre de 2015 en la Asamblea de Madrid el compromiso de establecer una regulación especifica en la Comunidad de Madrid al respecto, lo que era más necesario aún si se tiene en cuenta que la normativa anterior era el RD 521/87, es decir de hace más de 30 años.

   2. No obstante, cuando se conoció el primer borrador desde la Asociación para la Defensa de la Sanidad Pública de Madrid (ADSPM) señalamos que presentaba numerosas insuficiencias que no le permitían responder a la necesidad de establecer sistemas efectivos de control y participación social y profesional (La ADSPM ante el anteproyecto de Ley de reglamento de los centros sanitarios).

   3. Una vez aprobada esta Ley se constatan dos cuestiones: primera, que los mecanismos de participación son reducidos y poco efectivos, porque la representación social y profesional se encuentra siempre en minoría pese a que las competencias de los organismos de participación son limitadas y sin carácter ejecutivo y, además, porque la supuesta profesionalización de la gestión se queda en la obligatoriedad de realización de concursos públicos y la existencia de una comisión de selección, controlada por la Consejería de Sanidad.

   4. Llama especialmente la atención el mecanismo de elección de las Juntas de Gobierno hospitalarias: de sus 13 componentes, siete los nombra la Consejería de Sanidad; cuatro, la Junta Técnico Asistencial, cuya composición queda abierta e indeterminada (se fijará reglamentariamente, señala el artículo 13.2, es decir por la Consejería, sin que precise aprobación ni control de la Asamblea), entre los propuestos por casi cualesquier tipo de organizaciones, de acuerdo con unas condiciones y una convocatoria a realizar por la Dirección General del Servicio Madrileño de Salud (de nuevo la Consejería tendrá potestad de control sobre los candidatos); y dos, la Federación de Municipios de Madrid, que en realidad serán los únicos representantes provenientes de una elección ciudadana aunque sea indirecta. Se trata pues de una Junta de composición muy cialis online espana y controlada por la Consejería de Sanidad, que empeora notablemente la de la Comisión de Participación Ciudadana que establecía el RD 521/87.

   5. Tampoco abona a favor de la credibilidad de esta Ley el que, coincidiendo con la publicación de la misma, se haya nombrado subdirectora gerente del Hospital Gregorio Marañón mediante libre designación y el que se contrate, mediante el sistema de contrato de alta dirección, al gerente del Hospital de la Cruz Roja. Por supuesto, en ambos casos sin que mediara convocatoria pública alguna, lo que indica la escasa voluntad de la Comunidad de Madrid de cumplir sus propias leyes.

En resumen, estamos ante una Ley que favorece poco la participación social y profesional y que la Consejería de Sanidad parece dispuesta a ningunear en la primera ocasión que se le presenta.


Scharfe sekretärinnen Indian babe fucked desi indian morning geilste pornos Desi Tamil Aunty Xxx Videos indian sexy couple Indian teen hard sex with boyfriend India hira mandi group sex with hindi audio Hot Indian Teen Babe With And Aunty Desi Girl Hot Fuck Desi Indian Blowjob Geile Sexstorys Indian girl duck with foreigner re upload Indian college girl sex Indan home sex Indian teen pornslap Cali cruz anal
xxx video xxxx indian porn bf porn
Perfect pussy debut
HD sex
rujizz
video porno
free porn
indian porn
porn hd
xxx japan 18

PLG_DEBUG_TITLE

Immediate Flow