Comunicado de prensa
23 de marzo de 2007
Ante la sucesiva puesta en marcha de proyectos piloto de recetas electrónicas en diferentes Autonomías, la Comisión de Libertades e Informática exige, entre otras actuaciones, un dictamen previo de la correspondiente Agencia Autonómica de Protección de Datos o, en su defecto, de la Agencia Española.
La información de que la Consejería de Sanidad y Consumo de la Comunidad de Madrid y el Colegio Oficial de Farmacéuticos (COFM) de esta autonomía han firmado un convenio para poner en marcha este mes un proyecto piloto de receta electrónica, después de que ya lo hayan efectuado otras Autonomías, pone en alerta de nuevo a la Comisión de Libertades e Informática, ante la posibilidad de que estos proyectos conlleven una vulneración de los derechos de las personas por el nuevo tratamiento que se hace de sus datos de carácter personal relativos a la salud.
Respecto a lo anterior, la CLI manifiesta los cinco puntos siguientes:
En primer lugar, ante un nuevo tratamiento informático de los datos que hasta ahora se venían recogiendo en soporte papel, es necesario informar a las personas de los siguientes aspectos: qué datos se van a manejar, la finalidad de su tratamiento, quienes van a acceder a dichos datos, quien es el responsable de custodiarlos, como están establecidas las medidas de seguridad, así como de la posibilidad de ejercitar los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición.
En segundo lugar, el archivo digital de recetas puede vulnerar el derecho a la intimidad y el derecho a la protección de los datos de carácter personal si no se hace bajo un protocolo de actuación acorde con la legislación vigente sobre protección de datos de carácter personal. La CLI denuncia la inexistencia de este protocolo y esto es un déficit importante ya que a un archivo digital de recetas pueden tener acceso las gerencias de los hospitales y centros de salud, los correspondientes colegios de farmacia y la administración implicada. La CLI entiende que el paciente confía en su médico para que le ponga un tratamiento solo en la medida en que se respete la confidencialidad del mismo. Como indica la Ley 41/2002, Básica Reguladora de la Autonomía del Paciente y de Derechos y Obligaciones en Materia de Información y Documentación Clínica, la intimidad y la confidencialidad del paciente han de ser
respetadas. Creemos que en lo que respecta a datos tan importantes para la persona como son los de la salud, que pueden discriminar laboral o socialmente, no debería permitirse que pudiesen acceder a ellos personas sin el conocimiento explícito del interesado. La Comisión de Libertades e Informática reconoce la necesidad de gestión y de control del gasto farmacéutico así como de la prescripción, pero esto debe hacerse salvaguardando en primer lugar la intimidad y la autonomía de la persona con respecto a sus datos según recalca el Tribunal Constitucional.
En tercer lugar queremos destacar que a pesar de que las medidas de seguridad pudieran ser las correctas, no deberían acceder a los datos otras personas que no sean las que atienden al paciente, pues éste proporciona sus datos solo con la FINALIDAD que le traten su proceso de enfermedad. Dicho principio también es clave y debe respetarse.
En cuarto lugar la CLI echa en falta la armonización de todo este asunto por parte del Ministerio de Sanidad y Consumo. En efecto, entendemos que el Gobierno debería de establecer un protocolo de actuación con unos mínimos que, deberían desarrollar con posterioridad las Comunidades Autónomas. Así por ejemplo y como muestra de esa falta de armonización y coordinación, la Consejería de la Comunidad de Madrid ha informado que proyecta para Madrid un enfoque más integral (¿?) del asunto que el emprendido en Andalucía por el Gobierno de aquella Comunidad, pues los dispositivos y los medios que se utilizarán en Madrid son más completos y ambiciosos (sic). Es decir, se está planteando un asunto tan importante como si se tratara de una carrera de atletismo, para ver no solamente quien llega antes sino también quien puede llegar más lejos. Entendemos que la pasividad del Estado debe corregirse sin demora ante el grave riesgo de que del resultado de esos planteamientos se generen ciudadanos con más, o menos, derechos y garantías dependiendo de la Comunidad Autónoma en que residan. La CLI ha solicitado hoy una reunión al Ministerio de Sanidad y Consumo, una reunión para tratar, entre otros, este asunto.
En quinto y último lugar, URGIMOS en coherencia con el titular de este comunicado, que la Agencia de Protección de Datos de la Comunidad de Madrid analice el convenio suscrito entre la COFM y la Consejería de Salud de la Comunidad de Madrid, antes de su puesta en marcha.
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